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Administración de Rentas Vacacionales

¿Tienes propiedades en renta? Esto te puede interesar.

La administración de rentas vacacionales por plataformas digitales es un tema que ha cobrado mucha importancia en los últimos años. De acuerdo con la actualización al artículo 113-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las plataformas digitales deben retener el ISR a los anfitriones.

En cuanto al nuevo esquema mediante el cual las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México por medio de aplicaciones están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por sus servicios, el SAT publicó una lista de empresas que están obligadas a pagar el IVA en México. 

Si cuentas con tu RFC y tienes registrado el régimen de  plataformas digitales, tus retenciones serán del 4% de ISR y 8% de IVA, el cual podras acreditar dentro de tus declaraciones provisionales o en todo caso serán definitivos. Si, por el contrario, no tienes RFC, tu retención será del 20% de ISR y el 16% de IVA.

Si deseas saber más sobre este tema y sobre cómo podemos ayudarte, no dudes en contactarnos.

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